Propuesta de Ley Municipal para regular la tasa de aseo urbano en la Ciudad de Villazón
Tipo de material: TextoIdioma: Español Editor: Villazón: Universidad Privada San Francisco de Asís. Carrera de Derecho, 2019Descripción: 93 pTema(s): Derecho | Tesis | Legislación municipal | Aseo urbano | Potosí | VillazónClasificación CDD: DER0045 Nota de disertación: Modalidad: Tesis de Grado - Tutor: Lic. Lourdes Vargas Mena Resumen: RESUMEN La tasa es necesario para la gestión de Aseo Urbano que es un conjunto de acciones oportunas de planificación y ejecución en las áreas administrativa, técnica, ambiental, económica, social y de prestación de servicios de residuos sólidos, que permite apoyar a preservar la salud y el medio ambiente. Para llegar a este objetivo los Gobiernos Autónomos Municipales en el marco de sus competencias exclusivas y concurrentes como actores principales de la gestión integral de residuos sólidos en sus municipios, lo cual está establecido en la Ley Gestión Integral de Residuos Sólidos N° 755, deben contar con una instancia que le permita operativizar esta gestión de una manera eficiente y sostenible. En ese sentido es necesario crear una tasa que es la prestación pecuniaria exigida compulsivamente por el Estado, en virtud de una ley, por la realización de una actividad, que afecta especialmente al obligado siendo de notar al respecto, que la última parte del concepto no significa que la actividad estatal debe traducirse necesariamente en una ventaja o beneficio individual, sino tan solo que debe guardar cierta relación con el sujeto de la obligación por cualquier circunstancia que lo vincule jurídicamente con el servicio público instituido. El municipio de Villazón no cuenta con una ley que actualmente no se ha podido regular el cobro de tasa de Aseo Urbano. La Constitución Política del estado, establece en su artículo 302 parágrafo I que son competencias exclusivas del Gobierno Municipal Numeral 20 Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal numeral 27 el aseo urbano, manejo y tratamiento de residuos sólidos en el marco de la política del Estado.Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Tesis | Biblioteca USFA Tupiza Colección Tesis | Tesis | DER0064 F634p T (Navegar estantería) | Disponible | BTZ00785 | ||
Tesis | Biblioteca USFA Villazón Colección Tesis | Tesis | DER0045 F634p T (Navegar estantería) | Disponible | BVZ00586 | ||
Tesis | Biblioteca USFA Villazón Colección Tesis | Tesis | DER0045 F634p T Ej.2 (Navegar estantería) | Disponible | BVZ00689 |
Modalidad: Tesis de Grado -
Tutor: Lic. Lourdes Vargas Mena
RESUMEN
La tasa es necesario para la gestión de Aseo Urbano que es un conjunto de
acciones oportunas de planificación y ejecución en las áreas administrativa,
técnica, ambiental, económica, social y de prestación de servicios de residuos
sólidos, que permite apoyar a preservar la salud y el medio ambiente. Para llegar a
este objetivo los Gobiernos Autónomos Municipales en el marco de sus
competencias exclusivas y concurrentes como actores principales de la gestión
integral de residuos sólidos en sus municipios, lo cual está establecido en la Ley
Gestión Integral de Residuos Sólidos N° 755, deben contar con una instancia que
le permita operativizar esta gestión de una manera eficiente y sostenible.
En ese sentido es necesario crear una tasa que es la prestación pecuniaria
exigida compulsivamente por el Estado, en virtud de una ley, por la realización de
una actividad, que afecta especialmente al obligado siendo de notar al respecto,
que la última parte del concepto no significa que la actividad estatal debe
traducirse necesariamente en una ventaja o beneficio individual, sino tan solo que
debe guardar cierta relación con el sujeto de la obligación por cualquier
circunstancia que lo vincule jurídicamente con el servicio público instituido.
El municipio de Villazón no cuenta con una ley que actualmente no se ha podido
regular el cobro de tasa de Aseo Urbano.
La Constitución Política del estado, establece en su artículo 302 parágrafo I que
son competencias exclusivas del Gobierno Municipal Numeral 20 Creación y
administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones
especiales de carácter municipal numeral 27 el aseo urbano, manejo y tratamiento
de residuos sólidos en el marco de la política del Estado.
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