Alarcón Arana, Sonia Maritza

Modificación del Artículo 106, del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones - La Paz: Universidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho, 2006 - 98 p. 29 cm.

Tesis de Grado presentada para la obtención del Grado Académico de Licenciatura en Derecho – Universidad Privada San Francisco de Asís, La Paz, 2006. – Tutor: Lic. Marcelino Arratia Espinal



El sector de Telecomunicaciones a nivel mundial, es sin duda, uno de los sectores de mayor crecimiento y desarrollo, convirtiéndose en un eje articulador del desarrollo de la economía en el ámbito público como privado.

En Bolivia la importancia del sector de telecomunicaciones es vital para el desarrollo de sus principales actividades. Por este motivo ha sido parte de un conjunto de reformas estructurales, las mismas que han derivado en la promulgación de una nueva Ley de Telecomunicaciones.

Sin embargo, la Ley de Telecomunicaciones N. 1632, art 17 (Intervención Preventiva) establece que en caso de ponerse en riesgo la continuidad en la provisión de servicios de telecomunicaciones al público, la Superintendencia de Telecomunicaciones, en el marco de su competencia designará un interventor cuyas atribuciones se encuentran en el Reglamento 24132 de la Ley de Telecomunicaciones.

En ese sentido, el presente trabajo se dirige a ampliar las atribuciones del Interventor, modificando para tal efecto el artículo 106 del Reglamento a la Ley de Telecomunicaciones.



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Telecomunicación
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Ley de Telecomunicaciones Servicio Interventor

DER0057 / Al121m T