000 02084nam a22002774a 4500
003 BOLpUSFA
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040 _aBOLpUSFA
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082 _aDER0057
_bAl121m T
100 _aAlarcón Arana, Sonia Maritza
245 _aModificación del Artículo 106, del Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones
260 _aLa Paz:
_bUniversidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho,
_c2006
300 _a98 p.
_c29 cm.
502 _aTesis de Grado presentada para la obtención del Grado Académico de Licenciatura en Derecho – Universidad Privada San Francisco de Asís, La Paz, 2006. – Tutor: Lic. Marcelino Arratia Espinal
520 _aEl sector de Telecomunicaciones a nivel mundial, es sin duda, uno de los sectores de mayor crecimiento y desarrollo, convirtiéndose en un eje articulador del desarrollo de la economía en el ámbito público como privado. En Bolivia la importancia del sector de telecomunicaciones es vital para el desarrollo de sus principales actividades. Por este motivo ha sido parte de un conjunto de reformas estructurales, las mismas que han derivado en la promulgación de una nueva Ley de Telecomunicaciones. Sin embargo, la Ley de Telecomunicaciones N. 1632, art 17 (Intervención Preventiva) establece que en caso de ponerse en riesgo la continuidad en la provisión de servicios de telecomunicaciones al público, la Superintendencia de Telecomunicaciones, en el marco de su competencia designará un interventor cuyas atribuciones se encuentran en el Reglamento 24132 de la Ley de Telecomunicaciones. En ese sentido, el presente trabajo se dirige a ampliar las atribuciones del Interventor, modificando para tal efecto el artículo 106 del Reglamento a la Ley de Telecomunicaciones.
650 _aDerecho
650 _aTelecomunicación
650 _aDerecho administrativo
653 _aLey de Telecomunicaciones
653 _aServicio
653 _aInterventor
942 _2ddc
_cTE
_zJC
999 _c1358
_d1358