000 02223nam a22002654a 4500
003 BOLpUSFA
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040 _aBOLpUSFA
041 _aspa
044 _abol
082 _aDER0031
_bL579n T
100 _aLeón Alarcón, Roberto
245 _aNecesidad de derogar el Artículo 317 del Código Penal
260 _aTupiza:
_bUniversidad Privada San Francisco de Asís. Carrera de Derecho,
_c2012
300 _a124 p.
_bTapa dura
_c29 cm.
502 _aModalidad: Tesis de Grado - Tutor: Abog. Remberto Elías López Llanos
520 _aEn el campo del derecho penal, se abordó y tomó en cuenta la inconstitucionalidad en delitos contra la libertad sexual, vulnerando a la institución del matrimonio el cual es la primera instancia de formación de una sociedad, la discriminación hacia la mujer vulnerando todos sus derechos en todos los ámbitos sea social cultural re victimizándolas con la mala aplicación del Art. 317 del Código Penal, el cual solo protege al victimario, dejando en última instancia a la víctima, y a sabiendas por parte de los jueces y abogados que el artículo antes mencionado no tiene ningún fundamento en la aplicación de este en los delitos de violación. Antes estos delitos los cuales son atroces para nuestra sociedad en su conjunto, es que mediante mi investigación, aplicando diferentes metodologías tanto científicas como empíricas es que me ha permitido analizar, para posteriormente llegar a la conclusión, que la única solución, ante estos hechos aberrantes, sea la de derogar el Art. 317 del Código Penal, con un enfoque de recuperar la dignidad de la mujer. Lo que ha permitido establecer los argumentos jurídicos, sociales, sólidos y necesarios e impostergables para que en Bolivia se busque dignificar a la mujer y sobre todo al país a la realidad actual de la sociedad para finalmente plantear la propuesta de derogatoria del Art. 317 del Código Penal el cual solo beneficia al infractor.
650 _aDerecho
650 _aCódigo Penal
650 _aDiscriminación
650 _aGénero
650 _aViolencia a la mujer
942 _2ddc
_cTE
_zJC
999 _c1595
_d1595