Flores Ocampo, Nain Hertzog
Propuesta normativa de coordinación y control interinstitucional, entre Derechos Reales y Catastro Urbano, sobre registro y regularización oportuna y efectiva del derecho de propiedad inmobiliario - Tupiza: Universidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho, 2014 - 78 p. Tapa dura 29 cm.
Tesis de Grado presentada para optar el Grado Académico de Licenciatura en Derecho – Universidad Privada San Francisco de Asís, Tupiza, 2014. – Tutor: Remberto Elías López Ocampo MSc.
Derechos reales y catastro urbano son instituciones responsables de registrar el derecho propietario inmobiliario de forma coordinada, enmarcados en la Constitución Política del Estado Plurinacional, Art. 298 numeral 18, adicionalmente a las funciones establecidas en sus normas específicas (Decreto Supremo 27957 24/12/2004, Decreto Supremo 25100 15/7/1998), donde asigna funciones en cuanto a la coordinación y cruce de información textualmente señalado: Art. 89 “los registradores distritales provinciales y zonales tienen la función y atribuciones” Inciso g). “Coordinar con las instituciones relacionadas con el servicio (INRA, Municipios, Instituciones Financieras a nivel distrital” D.S. 25100 Art. 25 “Con el fin de uniformar el sistema catastral, el INC y el INRA deberán transferir la información que generen, procesen o mantengan a los registros de Derechos Reales para su correspondiente administración y mantenimiento”.
Para sustentar los objetivos planteados, como así la hipótesis, la investigación se ha desarrollado en base a métodos teóricos descriptivo propositivos, inductivo deductivo, los que a su vez se aplicaron métodos empíricos como la encuesta y la entrevista observando la realidad actual sobre la necesidad de coordinar y controlar en la regularización, protección del derecho propietario inmobiliario.
En la etapa del trabajo de campo o diagnóstico respecto a los mecanismos de coordinación, control interinstitucional para la regularización inmobiliaria, se ha observado que el pre registro y registro de propiedades inmobiliarias no son coordinados ni controlados por las instituciones actoras. Se ha observado también que los registros inmobiliarios son realizados sin datos jurídicos y físicos concretos, que coadyuven interinstitucionalmente, sino que se realizan operaciones en base a la documentación presentada por el usuario sin otra información que valide y apruebe la legalidad de los datos jurídicos y/o físicos de la propiedad inmobiliaria. En consecuencia, la falta de mecanismos de coordinación y control en la regularización y registro inmediato, oportuno y efectivo, es la causa para que se postergue, burocratice y suspenda la regularización del derecho propietario.
Observándose que la normativa registral y de catastro urbano existente de coordinar y cruzar información no son suficientes para administrar y controlar las regularizaciones de derecho propietario, se tiene la urgente necesidad de implementar normativa de mecanismos concretos de coordinación y control interinstitucional entre Derechos Reales y Catastro Urbano, sobre regularización de la propiedad inmobiliaria.
Finalmente, por los resultados del diagnóstico, encuesta y entrevista, que responden al problema planteado, se propone un proyecto de Ley de Mecanismos de Coordinación entre Derechos Reales y Catastro Urbano.
Derecho
Registro
Vivienda
Derechos Reales Catastro Derecho de propiedad inmobiliario
DER0047 / F634p Ej.1 T
Propuesta normativa de coordinación y control interinstitucional, entre Derechos Reales y Catastro Urbano, sobre registro y regularización oportuna y efectiva del derecho de propiedad inmobiliario - Tupiza: Universidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho, 2014 - 78 p. Tapa dura 29 cm.
Tesis de Grado presentada para optar el Grado Académico de Licenciatura en Derecho – Universidad Privada San Francisco de Asís, Tupiza, 2014. – Tutor: Remberto Elías López Ocampo MSc.
Derechos reales y catastro urbano son instituciones responsables de registrar el derecho propietario inmobiliario de forma coordinada, enmarcados en la Constitución Política del Estado Plurinacional, Art. 298 numeral 18, adicionalmente a las funciones establecidas en sus normas específicas (Decreto Supremo 27957 24/12/2004, Decreto Supremo 25100 15/7/1998), donde asigna funciones en cuanto a la coordinación y cruce de información textualmente señalado: Art. 89 “los registradores distritales provinciales y zonales tienen la función y atribuciones” Inciso g). “Coordinar con las instituciones relacionadas con el servicio (INRA, Municipios, Instituciones Financieras a nivel distrital” D.S. 25100 Art. 25 “Con el fin de uniformar el sistema catastral, el INC y el INRA deberán transferir la información que generen, procesen o mantengan a los registros de Derechos Reales para su correspondiente administración y mantenimiento”.
Para sustentar los objetivos planteados, como así la hipótesis, la investigación se ha desarrollado en base a métodos teóricos descriptivo propositivos, inductivo deductivo, los que a su vez se aplicaron métodos empíricos como la encuesta y la entrevista observando la realidad actual sobre la necesidad de coordinar y controlar en la regularización, protección del derecho propietario inmobiliario.
En la etapa del trabajo de campo o diagnóstico respecto a los mecanismos de coordinación, control interinstitucional para la regularización inmobiliaria, se ha observado que el pre registro y registro de propiedades inmobiliarias no son coordinados ni controlados por las instituciones actoras. Se ha observado también que los registros inmobiliarios son realizados sin datos jurídicos y físicos concretos, que coadyuven interinstitucionalmente, sino que se realizan operaciones en base a la documentación presentada por el usuario sin otra información que valide y apruebe la legalidad de los datos jurídicos y/o físicos de la propiedad inmobiliaria. En consecuencia, la falta de mecanismos de coordinación y control en la regularización y registro inmediato, oportuno y efectivo, es la causa para que se postergue, burocratice y suspenda la regularización del derecho propietario.
Observándose que la normativa registral y de catastro urbano existente de coordinar y cruzar información no son suficientes para administrar y controlar las regularizaciones de derecho propietario, se tiene la urgente necesidad de implementar normativa de mecanismos concretos de coordinación y control interinstitucional entre Derechos Reales y Catastro Urbano, sobre regularización de la propiedad inmobiliaria.
Finalmente, por los resultados del diagnóstico, encuesta y entrevista, que responden al problema planteado, se propone un proyecto de Ley de Mecanismos de Coordinación entre Derechos Reales y Catastro Urbano.
Derecho
Registro
Vivienda
Derechos Reales Catastro Derecho de propiedad inmobiliario
DER0047 / F634p Ej.1 T