Incorporación de la formación notarial inicial y uniforme como requisito para ser Notario de Fe Pública de primera clase
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TextoIdioma: Español Editor: La Paz: Universidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho, 2008Descripción: 80 p. ; 29 cmTema(s): Trabajo dirigido | Notario de Fe Pública | Sistemas del notariado | Derecho notarial | Formación notarialClasificación CDD: DER0072 Nota de disertación: Trabajo Dirigido de Grado presentada para optar el Grado Académico de Licenciado en Derecho - Universidad Privada San Francisco de Asís. 2008. - Tutora: Dra. Brigitte Phillips Burgoa T. Resumen: En Bolivia, el Derecho Notarial ha sido descuidado por los legisladores, toda vez que la Ley del Notariado, en actual vigencia data del 5 de marzo del año 1.858 sin sufrir cambios significativos en su contenido. En cuanto a los requisitos para acceder al cargo de Notario de Fe Pública, los mismos fueron modificados mediante Ley Nº 1455 de 18 de febrero de 1993 de Organización Judicial, aspecto relacionado con la temática a tratar en la presente investigación.
Si bien fueron modificados los requisitos exigidos para desempeñar el cargo de Notario de Fe Pública, al presente no existe un requisito referido a la formación notarial especializada que deben tener estos postulantes, conforme a lo previsto en la Ley Nº 1455 de 18 de febrero de 1993 de Organización Judicial, consecuentemente no existen las garantías sobre la formación notarial de los postulantes.
Los requisitos exigidos para acceder a un determinado cargo, tienen como finalidad establecer parámetros y perfiles que deben poseer los postulantes, procurando que estos sean idóneos para el ejercicio de una determinada función, como ser el ejercicio de la función notarial.
EI Notario de Fe Pública, cumple una función social por excelencia, porque otorga fe pública a los actos jurídicos o hace constar hechos jurídicos, siendo indispensable que esté capacitado al asumir el cargo, porque debe brindar seguridad jurídica para que la sociedad se desenvuelve en el marco de una convivencia social pacífica.
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Trabajo Dirigido de Grado presentada para optar el Grado Académico de Licenciado en Derecho - Universidad Privada San Francisco de Asís. 2008. - Tutora: Dra. Brigitte Phillips Burgoa T.
En Bolivia, el Derecho Notarial ha sido descuidado por los legisladores, toda vez que la Ley del Notariado, en actual vigencia data del 5 de marzo del año 1.858 sin sufrir cambios significativos en su contenido. En cuanto a los requisitos para acceder al cargo de Notario de Fe Pública, los mismos fueron modificados mediante Ley Nº 1455 de 18 de febrero de 1993 de Organización Judicial, aspecto relacionado con la temática a tratar en la presente investigación.
Si bien fueron modificados los requisitos exigidos para desempeñar el cargo de Notario de Fe Pública, al presente no existe un requisito referido a la formación notarial especializada que deben tener estos postulantes, conforme a lo previsto en la Ley Nº 1455 de 18 de febrero de 1993 de Organización Judicial, consecuentemente no existen las garantías sobre la formación notarial de los postulantes.
Los requisitos exigidos para acceder a un determinado cargo, tienen como finalidad establecer parámetros y perfiles que deben poseer los postulantes, procurando que estos sean idóneos para el ejercicio de una determinada función, como ser el ejercicio de la función notarial.
EI Notario de Fe Pública, cumple una función social por excelencia, porque otorga fe pública a los actos jurídicos o hace constar hechos jurídicos, siendo indispensable que esté capacitado al asumir el cargo, porque debe brindar seguridad jurídica para que la sociedad se desenvuelve en el marco de una convivencia social pacífica.

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