Propuesta para incluir a los oficiales del registro cívico : en la carrera administrativa

Por: Vacaflor Núñez, Carlos AlbertoTipo de material: TextoTextoIdioma: Español Editor: La Paz: Universidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho, 2010Descripción: 118 p. : gráf. ; 28 cmTema(s): Tesis | Oficiales de registro civil | Registro civil | Seguridad socialClasificación CDD: DER0030 Nota de disertación: Tesis (Licenciado en Derecho) - Universidad Privada San Francisco de Asís, 2010. - Tutor: Dr. Camilo Gonzales Rojas Resumen: Las Oficialías de Registro Civil o en la actualidad y por analogía las Oficialías del Registro Cívico constituyen en una institución importante en las distintas necesidades del conjunto de la sociedad, ya que su función cumple con las necesidades de las personas que pretenden registrar y dar fe en determinados actos jurídicos o hacer constar hechos. De esta manera, el oficial dotado con las atribuciones que le confiere el Estado boliviano, puede ejercer su función en beneficio de los sucesos que requiere su actividad. De esta manera, los actos jurídicos que se pretendan otorgar veracidad ante terceros no podrían gozar de este beneficio sí no existiera la institución del Registro Civil, actualmente en transición y con la denominación de Registro Cívico, porque a través de ella se da forma y autenticidad a los actos, respaldados con la fe registral que ostenta el oficial. Por Io tanto, Ia función del Oficial del Registro Civil ahora llamado Registro Cívico, tiene un carácter precautorio, "debe ayudar, atender, colaborar y auxiliar a aquellas personas que así lo soliciten en tanto se trate de cuestiones de registro. En este sentido, Ia función registral pretende otorgar seguridad jurídica otorgando su fe a Ios actos en que intervenga. Cabe mencionar que en el sistema jurídico, todo acto o hecho jurídico que busque consecuencias jurídicas o adquiera el valor de documento público debe ser presentado de manera escrita. En otro orden, la técnica de la fe registral debe ser característica esencial de la función del Oficial de Registro Civil u Oficial del Registro Cívico, ya que la actuación de éste depende principalmente de la perfección de su tecnicismo, como conocedor del derecho.
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Tesis DER0030 V112p T (Navegar estantería) Disponible BEA01089
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Tesis (Licenciado en Derecho) - Universidad Privada San Francisco de Asís, 2010. - Tutor: Dr. Camilo Gonzales Rojas

Las Oficialías de Registro Civil o en la actualidad y por analogía las Oficialías del Registro Cívico constituyen en una institución importante en las distintas necesidades del conjunto de la sociedad, ya que su función cumple con las necesidades de las personas que pretenden registrar y dar fe en determinados actos jurídicos o hacer constar hechos. De esta manera, el oficial dotado con las atribuciones que le confiere el Estado boliviano, puede ejercer su función en beneficio de los sucesos que requiere su actividad.
De esta manera, los actos jurídicos que se pretendan otorgar veracidad ante terceros no podrían gozar de este beneficio sí no existiera la institución del Registro Civil, actualmente en transición y con la denominación de Registro Cívico, porque a través de ella se da forma y autenticidad a los actos, respaldados con la fe registral que ostenta el oficial.
Por Io tanto, Ia función del Oficial del Registro Civil ahora llamado Registro Cívico, tiene un carácter precautorio, "debe ayudar, atender, colaborar y auxiliar a aquellas personas que así lo soliciten en tanto se trate de cuestiones de registro.
En este sentido, Ia función registral pretende otorgar seguridad jurídica otorgando su fe a Ios actos en que intervenga.
Cabe mencionar que en el sistema jurídico, todo acto o hecho jurídico que busque consecuencias jurídicas o adquiera el valor de documento público debe ser presentado de manera escrita. En otro orden, la técnica de la fe registral debe ser característica esencial de la función del Oficial de Registro Civil u Oficial del Registro Cívico, ya que la actuación de éste depende principalmente de la perfección de su tecnicismo, como conocedor del derecho.

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