Propuesta para la inserción de un inciso en el artículo 18 del Reglamento para Inscripción de nacimiento, que permita la inversión de apellidos
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TextoIdioma: Español Editor: La Paz : Universidad Privada San Francisco de Asís, Carrera de Derecho, 2019Descripción: x, 114 p. : il. ; 29 cmTema(s): Derecho administrtivo | Derecho de Familia | Identidad | Filiación | Parentesco | Patria PotestadClasificación CDD: DER0134 Nota de disertación: Tesis de grado presentada para optar el grado académico de Licenciatura en Derecho - Universidad Privada San Francisco de Asís, 2015. - Tutora: Dra. Glenda Cheryl Álvarez Silva Resumen: El derecho a la filiación en Bolivia es una figura jurídica mediante el cual se establece el vinculo jurídico familiar, es decir de los padres para con los hijos(as) y/o descendientes de un matrimonio o unión libre, todos estos reconocidos por la CPEP, CCB, Ley 548 - Código Niña Niño y adolescente, Ley 603 - Código de las familias y del Proceso Familiar. Normativas que establecen el procedimiento y el plazo para el registro de la filiación en libros de la Categoría Nacimiento, documento público que se encuentran bajo resguardo del Tribunal Supremo Electoral y su brazo operativo que es el Servicio de Registro Cívico La Paz - SERECI La Paz, demostrando está que actualmente continúa prevaleciendo el apellido del padre sobre el de la madre, imponiéndose así el orden de los apellidos dentro de la institución del matrimonio o unión libre. Esta medida no se justifica en un Estado Boliviano con igualdad de derechos conyugales, derechos de igualdad de genero, expresamente también definida en la lucha contra toda forma de discriminación. Aunque la simple constatación de la existencia de distinción entre uno y otro sexo se refleja en los registros actuales en libros de nacimientos de SERECI La Paz, tomando en cuenta que en la actualidad conformé el "Reglamento para la Inscripción de Nacimientos de Servicio de Registro Cívico", no es posible la inversión de apellidos al momento de la inscripción de la nacimiento ante el Oficial de Registro Civil. por esta razón se acudió a la legislación de otros piases en el que en el que establecen la posibilidad de la inversión de apellidos al momento del registro de la partida de esta manera sustentar la propuesta plantada en el presente trabajo de investigación.
| Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Biblioteca USFA El Alto Colección Tesis | Tesis | DER0134 T686p T (Navegar estantería) | Disponible | BEA01321 |
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Tesis de grado presentada para optar el grado académico de Licenciatura en Derecho - Universidad Privada San Francisco de Asís, 2015. - Tutora: Dra. Glenda Cheryl Álvarez Silva
El derecho a la filiación en Bolivia es una figura jurídica mediante el cual se establece el vinculo jurídico familiar, es decir de los padres para con los hijos(as) y/o descendientes de un matrimonio o unión libre, todos estos reconocidos por la CPEP, CCB, Ley 548 - Código Niña Niño y adolescente, Ley 603 - Código de las familias y del Proceso Familiar. Normativas que establecen el procedimiento y el plazo para el registro de la filiación en libros de la Categoría Nacimiento, documento público que se encuentran bajo resguardo del Tribunal Supremo Electoral y su brazo operativo que es el Servicio de Registro Cívico La Paz - SERECI La Paz, demostrando está que actualmente continúa prevaleciendo el apellido del padre sobre el de la madre, imponiéndose así el orden de los apellidos dentro de la institución del matrimonio o unión libre. Esta medida no se justifica en un Estado Boliviano con igualdad de derechos conyugales, derechos de igualdad de genero, expresamente también definida en la lucha contra toda forma de discriminación. Aunque la simple constatación de la existencia de distinción entre uno y otro sexo se refleja en los registros actuales en libros de nacimientos de SERECI La Paz, tomando en cuenta que en la actualidad conformé el "Reglamento para la Inscripción de Nacimientos de Servicio de Registro Cívico", no es posible la inversión de apellidos al momento de la inscripción de la nacimiento ante el Oficial de Registro Civil. por esta razón se acudió a la legislación de otros piases en el que en el que establecen la posibilidad de la inversión de apellidos al momento del registro de la partida de esta manera sustentar la propuesta plantada en el presente trabajo de investigación.

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