Proyecto de Ley Municipal de implementación de un Centro de Acogida para las mujeres que sufren violencia en función a la Ley 348, en el Municipio de Villazón

Por: Coria Nina, BrauliaTipo de material: TextoTextoIdioma: Español Editor: Villazón: Universidad Privada San Francisco de Asís. Carrera de Derecho, 2019Descripción: 146 pTema(s): Derecho | Tesis | Violencia a la mujer | Mujeres | Casa de acogida | Derechos de la mujer | Legislación municipal | Potosí | VillazónClasificación CDD: DER0043 Nota de disertación: Modalidad: Tesis de Grado - Tutor: Abog. David Camilo Gonzales Rojas Resumen: RESUMEN El presente trabajo de investigación hace referencia a la necesidad de establecer procedimientos de protección jurídica, inexistentes en el Municipio de Villazón, amparada en el derecho fundamental de la persona a no sufrir violencia física, sexual o psicológica. Constituyéndose fundamental su concreación porque la violencia es un problema que atenta los derechos humanos (integridad personal, de salud y vida) a tal punto que es una de las primeras causas de muerte en mujeres en el país. Lamentablemente y pese a los esfuerzos realizados en nuestro contexto las denuncias ascienden significativamente a causa de la violencia física, psicológica en el ámbito familiar, por otro lado las mujeres en situación de violencia aluden que no denuncian por distintos factores con el 83,52% entre muchos el no tener una institución que les brinde una protección segura y oportuna, contribuido por factores personales socioculturales arraigados de la víctima, como el desconocimiento de la Ley 348 con el 44,6% y el 83,9% expresa la necesidad de una casa de acogida que le permita entre otros mantener su decisión con seguridad ante una denuncia efectuada. Así mismo el 55,4% exige el cumplimiento de las leyes emanadas por el Estado en los Municipios expresado en los Art.15.II.III derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica en concordancia a la Ley Integral para garantizar a las mujeres, una vida Libre de Violencia que infiere Art. 25 las Entidades Territoriales Autónomas, (..) tiene la responsabilidad de crear y atender Casas de Acogida con recursos IDH de seguridad ciudadana Art.13.I.del DS 2145 Consolidada la fundamentación social y jurídica es competencia exclusiva Municipal la promulgación de la Ley Municipal Autonómica que constituya la casa de acogida para las mujeres que sufren toda clase de violencia en el Municipio de Villazon referido en la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales N°482 Art.26 num.4 Palabras Claves: violencia, casa de acogida, protección jurídica, derecho a la integridad personal, a la salud, a la vida
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Tesis Tesis Biblioteca USFA Tupiza
Colección Tesis
Tesis DER0062 C798p T (Navegar estantería) Disponible BTZ00784
Tesis Tesis Biblioteca USFA Villazón
Colección Tesis
Tesis DER0043 C798p T (Navegar estantería) Disponible BVZ00584
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Modalidad: Tesis de Grado -
Tutor: Abog. David Camilo Gonzales Rojas

RESUMEN

El presente trabajo de investigación hace referencia a la necesidad de establecer
procedimientos de protección jurídica, inexistentes en el Municipio de Villazón,
amparada en el derecho fundamental de la persona a no sufrir violencia física, sexual
o psicológica. Constituyéndose fundamental su concreación porque la violencia es
un problema que atenta los derechos humanos (integridad personal, de salud y vida)
a tal punto que es una de las primeras causas de muerte en mujeres en el país.
Lamentablemente y pese a los esfuerzos realizados en nuestro contexto las
denuncias ascienden significativamente a causa de la violencia física, psicológica en
el ámbito familiar, por otro lado las mujeres en situación de violencia aluden que no
denuncian por distintos factores con el 83,52% entre muchos el no tener una
institución que les brinde una protección segura y oportuna, contribuido por factores
personales socioculturales arraigados de la víctima, como el desconocimiento de la
Ley 348 con el 44,6% y el 83,9% expresa la necesidad de una casa de acogida que
le permita entre otros mantener su decisión con seguridad ante una denuncia efectuada.
Así mismo el 55,4% exige el cumplimiento de las leyes emanadas por el Estado en los
Municipios expresado en los Art.15.II.III derecho a no sufrir violencia física, sexual o
psicológica en concordancia a la Ley Integral para garantizar a las mujeres, una vida Libre
de Violencia que infiere Art. 25 las Entidades Territoriales Autónomas, (..) tiene la
responsabilidad de crear y atender Casas de Acogida con recursos IDH de seguridad
ciudadana Art.13.I.del DS 2145
Consolidada la fundamentación social y jurídica es competencia exclusiva Municipal
la promulgación de la Ley Municipal Autonómica que constituya la casa de acogida
para las mujeres que sufren toda clase de violencia en el Municipio de Villazon referido
en la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales N°482 Art.26 num.4
Palabras Claves: violencia, casa de acogida, protección jurídica, derecho a la
integridad personal, a la salud, a la vida

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